El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día veinticuatro de julio de dos mil diecinueve, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Aprobar la siguiente constitución de la Mesa de Contratación Permanente que asistirá al pleno cuando actúe como órgano de contratación, que estará constituida por las siguientes personas:
- Presidencia:
- Alcalde-Presidente o corporativo o corporativa del grupo municipal EAJ-PNV en quien delegue.
- Vocales:
- 3 vocalías electas:
- Un corporativo o corporativa del grupo municipal PSE-EE PSOE TRAPAGARAN.
- Un corporativo o corporativa del grupo municipal EH BILDU TRAPAGARAN.
- El corporativo del grupo municipal ELKARREKIN-TRAPAGARAN-PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO BERDEAK.
- 8 vocalías técnicas o de personal no electo:
- El Interventor de fondos
- La Secretaria de la corporación
- El Tesorero
- La Técnica de Secretaría
- 4 técnicos o técnicas: Priorizando el personal funcionario de carrera o personal laboral del área que dependa el contrato. Podrá formar parte de la Mesa personal funcionario interino únicamente cuando no existan funcionarios o funcionarias de carrera suficientemente cualificadas y así se acredite en el expediente. En caso en el que en el área del que dependa el contrato no haya técnicos/as suficientes para conformar la mesa se nombrará a otros/as funcionarios/as o personal laboral capacitados para este cargo pertenecientes al mismo área o a otras áreas del ayuntamiento.
- Secretario/a de la Mesa:
Funcionario/a de la Corporación.
A esta Mesa de Contratación le corresponderá el conjunto de facultades relativas a la preparación, adjudicación y ejecución de los contratos competencia del Pleno celebrados por el Ayuntamiento, tanto administrativos como privados, de acuerdo con lo indicado en la Ley de Contratos del Sector Público 9/2018, del 8 de noviembre, y demás normativa aplicable y/o o normativa que, en su caso, le sustituya.
En todo caso, su funcionamiento como órgano colegiado se ajustará a lo dispuesto en los artículos 15 y ss. de la Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEGUNDO.- Dar cuenta del presente acuerdo a todas los Servicios Municipales, así como a los miembros (titulares y suplentes) de la Mesa. Asimismo, se procederá a la publicación del presente acuerdo en el Perfil del Órgano Contratante y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia.
En Valle de Trápaga-Trapagaran, a 7 de agosto de 2019.
EL ALCALDE EN FNES.
Javier Pérez de Palomar Alonso